lunes, 17 de noviembre de 2025

LA DEMOCRACIA SIN LEY I El juicio contra Pedro Castillo

 

 

Año 21 Número 217             Arequipa, 2025, noviembre 17

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LA DEMOCRACIA SIN LEY I

El juicio contra Pedro Castillo

Por: Arturo Muñoz

Esto sucedió en algún país, en una oscura noche. Un pelotón del ejército entra en Palacio de Gobierno, despiertan al Presidente y le indican que está detenido. El Presidente levanta el libro de la Constitución de la República y grita: “La Constitución me ampara, ustedes no me pueden detener y menos derrocarme, yo soy el fruto de elecciones democráticas”. El militar lo mira y le responde haciendo un gesto de desprecio y sorpresa: “¿La Constitución, a medianoche y frente a un fusil?

José Balta, presidente constitucional del Perú, es fusilado por los golpistas en 1872

Sólo es válida la Constitución si detrás del papel escrito la respalda la fuerza armada. El miedo a la muerte o a una condena doblega al ciudadano a obedecerla. Ilusamente los “intelectuales” redactan perfectas constituciones teóricamente válidas, tratados y convenciones entre países, respetados sólo por los países débiles, el país fuerte impone su criterio a su conveniencia. Una idea falsa es la creencia en la igualdad ante la ley, la única ley que se cumple es la ley del más fuerte.

Golpe de Estado contra el presidente socialista Salvador Allende 1973

Hace tres años Pedro Castillo Terrones era presidente del Perú, los caminos legales para despojarlo del cargo eran los constitucionales, vacarlo de acuerdo al artículo 113 de la Constitución: por muerte (posible asesinato), permanente incapacidad moral o física, renuncia, salir del territorio nacional sin permiso o no regresar a él dentro del plazo fijado, destitución.

Durante 16 meses lo persiguieron, lo acosaron, con pruebas o sin pruebas, el objetivo era apartarlo de la presidencia. Aplicaron al pie de la letra la máxima de que el fin justifica los medios. Le inventaban delitos, cómplices, decían que los generales de la policía compraron sus ascensos pagando 20 mil dólares, sin embargo, ningún general fue acusado de soborno. “La fiscal Benavides aseguró que los investigadores encontraron ´muy graves y reveladores indicios´ de la supuesta existencia de la red criminal en el Gobierno, aunque no dijo cuáles”, informaba BBC News el 12 de octubre del 2022. En la misma nota comunicaba que la cuñada, Yenifer Paredes, a la que según el mismo presidente Castillo, cuenta ha criado como su hija, fue encarcelada el 31 de agosto del 2022 por su supuesta pertenencia a la red liderada por Castillo.

Una mañana, el 7 de diciembre del 2022, seguramente agotado por la campaña de demolición en su contra, el presidente Pedro Castillo tuvo la peregrina idea de cerrar el Congreso, sin contar con el apoyo de las fuerzas armadas y policiales ¿Cuándo se le ocurrió esa tontería? ¿Quién se la sugirió? Todo indica que fue algo planeado por civiles y militares, obviamente, hoy nadie busca a los verdaderos artífices de la trampa en que cayó Pedro Castillo.

Golpe de Estado contra el presidente Pedro Castillo

No bien terminó de leer la hoja magnicida, la policía lo detuvo aun cuando Castillo seguía investido de presidente. Pudo haber gritado “la Constitución me ampara”, “nadie me puede detener”. Y la respuesta iba a ser idéntica: “¿la Constitución, en medio de la calle y frente a un destacamento de policías armados y dispuestos a disparar?”, las risas de desprecio hubieran sonado mundialmente.

Detienen al presidente Castillo sin que se le haya vacado

Cayó el telón y el drama Castillo finalizó con otro acto ilegal, la aprobación de su vacancia por el Congreso con 101 votos cuando, legalmente, se necesitaban 104 votos.

Vacan al presidente Castillo sin moción de vacancia y sin los 104 votos requeridos

Por la memoria de los memoriosos recorrieron las imágenes del presidente socialista de Chile, Salvador Allende Gossens, defendiendo La Moneda y encontrado muerto el 11 de setiembre de 1973, luego del golpe de estado dado por el “constitucionalista” general Pinochet. El presidente socialista electo en 1970 caía por un golpe militar, de nada, absolutamente de nada, sirvió “la tradición democrática de Chile”. La fuerza bestial de las armas se impuso a la ley.

El presidente de Chile, Salvador Allende, no se rinde y enfrenta a los golpistas

Recordamos al presidente de Honduras Manuel “Mel” Zelaya “proponiendo un plebiscito para el 28 de junio del 2009 poniendo en consulta la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente. En la madrugada del 28 de junio de 2009 ― el día en que se debía celebrar la consulta popular ―, Zelaya fue sacado a la fuerza de su residencia por un grupo de militares, y llevado a la base aérea Hernán Acosta Mejía.”

“En el Congreso Nacional de Honduras, el 28 de junio de 2009, se leyó una presunta carta de renuncia presentada por el presidente Zelaya y se aceptó la misma. Zelaya desmintió haber escrito la carta y demostraba que era un golpe militar con la participación de los poderes fácticos de Honduras.”

El pueblo de Honduras protesta contra el golpe de estado contra Mel Zelaya

“También, contra Fernando Lugo, presidente de Paraguay, los medios de comunicación lanzaron una ofensiva para destituirlo con diversos pretextos, acusándolo, por ejemplo, de corrupción.”

“En mayo de 2012, la finca Campos Morombi de Curuguaty, fue ocupada por campesinos para protestar por la escasez de tierras agrícolas, el 15 de junio el desalojo resultó con 17 personas muertas, once campesinos y seis policías.”

“La policía dijo que los efectivos fueron emboscados. Otras fuentes consideran que fue en realidad un montaje para pedir la destitución de Lugo. El 21 de junio, la Cámara de Diputados paraguaya aprobó el juicio de desafuero en contra de Fernando Lugo por mal cumplimiento de sus funciones. A Lugo solo se le dieron 2 horas para presentar su defensa ante el parlamento. El 22 de junio Lugo fue destituido del cargo. El desafuero fue una “ruptura del orden democrático”, fue un ´golpe exprés de Estado´ y una violación del orden constitucional.”

El presidente Lugo es desaforado y el pueblo protesta a su favor

Zelaya, Lugo y Castillo se defendieron con la Constitución, pero no contaban con la fuerza para hacerla cumplir. Los golpistas en ambos casos, de la misma manera que los golpistas contra Castillo, eran apoyados por las armas. Y detrás de las armas el poder económico e imperial.

JUICIO CONTRA EL PRESIDENTE PEDRO CASTILLO TERRONES

A Pedro Castillo lo acusaron del delito de rebelión:

Artículo 346 (Código Penal). - Rebelión El que se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años.

No hay lugar a interpretación, el rebelde debe alzarse en armas, pero, para el gusto de la fiscal suprema Patricia Benavides, la rebelión es leer una hoja escrita. El papel es un arma con la cual se puede disolver el Congreso sin necesidad de las fuerzas armadas y policiales. Benavides actúa de acuerdo al eslogan “soy fiscal y hago lo que quiero con la ley, la tergiverso, la aplico, la desobedezco”. Al fin y al cabo, la democracia es la forma como los poderosos hacen su voluntad de acuerdo a ley o a lo ilegal, lo que sea más útil a sus fines.

El presidente Castillo y su abogado Johny Hernández en el irrito juicio en su contra

Como la fiscalía no probó el delito de rebelión cometido por Castillo, el tribunal de jueces provisionales que juzgan a Castillo, inventó un nuevo delito, el de conspiración.

Artículo 349 (Código Penal). - Conspiración para una rebelión, sedición o motín. El que toma parte en una conspiración de dos o más personas para cometer delitos de rebelión, sedición o motín, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de la mitad del máximo de la señalada para el delito que se trataba de perpetrar.

¿Si no se probó el delito de rebelión? ¿Si no hubo rebelión, ni siquiera en grado de tentativa… con quién conspiró Castillo? Las confesiones de militares y policías en el juicio confirman que ninguno coordinó con Castillo ni el 7 de diciembre, ni antes, ni después, para disolver el Congreso. Por lo tanto, no contaba con lo esencial: la fuerza armada. No se reunió con ningún militar o policía, ni mucho menos con el Tren de Aragua que parece “controlar” a las fuerzas armadas y policiales, ergo, no hubo conspiración.

Si los jueces provisionales, en complicidad con los fiscales, sentencian a Castillo condenatoriamente estarían destruyendo el orden jurídico del país, si alguna vez existió ¿Esto es posible? Sí, porque ellos si cuentan con las fuerzas armadas, policiales y delincuenciales.

La sala en el penal Barbadillo donde es enjuiciado el presidente Castillo

Castillo ha contraatacado denunciando a los 101 congresistas que lo vacaron ilegalmente. El Reglamento del Congreso es tan diáfano como el Código Penal:

Artículo 89-A. El procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución (artículo 113 de la Constitución. La Presidencia de la República vaca por: 2. Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso), se desarrolla de acuerdo con las siguientes reglas:

c)     El Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos.

No hay peor analfabeto que el que no quiere leer ¿Dónde está la moción pidiendo la vacancia del presidente Castillo presentada de acuerdo al Reglamento del Congreso? ¿Qué congresistas la firmaron? ¿Cuándo el presidente del Congreso, Williams, citó al presidente Castillo para que ejerza su defensa? No hay moción de vacancia, ni mucho menos se le permitió a Castillo ejercer el derecho de defensa. La destitución del presidente Castillo fue otra ejecución extrajudicial más.

En el Estado de Cohecho vigente en el Perú, los 101 congresistas vacadores no respetaron el Reglamento del Congreso en el que se dispone el procedimiento para vacar al Presidente de la República. Estando la ley cristalinamente escrita los gonfaloneros de la burguesía, que portan el estandarte de la democracia caprichosa, la democracia donde el poderoso hace lo que quiere, sin respetar la ley o interpretándola a su manera; argumentan que Castillo no merecía ni siquiera el trato que la ley le dispensaba.

Desvariando justifican la ilegalidad del desafuero de Castillo con el artículo N° 46 de la Constitución:

Artículo 46. [Gobierno usurpador. Derecho de insurgencia]

Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes.

La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional.

Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas.

 ¿Cuál es el delito por el que se le acusa a Castillo? ¿No es acaso el de rebelión y posiblemente el de conspiración? Si estos son los delitos supuestamente cometidos por Castillo ¿en qué momento cometió el de usurpación? ¿en qué parte de la carpeta fiscal se incluyen los hechos de usurpación? Castillo es presidente por el voto popular ¿Cuándo usurpó la presidencia? La lectura de la proclama donde expresa su deseo de disolver el Congreso pro crimen lo hace como presidente constitucionalmente elegido.

Hasta donde llega la miseria humana y el odio de clase para inventar semejante argumento ilegal, el argumento de que Castillo ha usurpado la presidencia. Castillo cometió una infracción constitucional por la cual debió ser vacado respetando el debido proceso, tal vez tuvieron miedo de que Castillo revelara la verdad de quienes fueron los que lo realmente lo empujaron a suicidarse políticamente y perder la presidencia, si le permitían defenderse ante el Congreso. Verdad que hasta ahora calla Castillo, protegiendo probablemente a empresarios, generales militares y policiales, a miembros de inteligencia, a algún o algunos de sus ministros, quienes le vendieron la falsa salida de la disolución del Congreso. Ese silencio de Castillo es un silencio que pone en duda la confianza en él. Castillo ante el pueblo debe decir la verdad de quienes le escribieron la hoja magnicida, porque no es creíble que él solito preparó y ejecutó la comedia del 7 de diciembre del 2022, debe dar los nombres de quienes conspiraron contra él.

Para agregar más fantasía a la acusación contra Castillo, la imaginación perversa de los que regalan los recursos naturales de los peruanos a cambio de una miserable propina, ha creado el delito de “vacancia por flagrancia”. Nadie sabe en que Código Penal de algún país del mundo esta tipificado ese delito, porque en el peruano no está.

Los inventores de la falsa acusación contra Castillo son defensores de la ilegalidad, los que prometen toneladas de balas para combatir la delincuencia, cuando ellos encabezaron la llegada de la ola de delincuentes provenientes de Venezuela (Jorge del Castillo, PPK, apristas y fujimoristas, los partidarios de la ultraderecha), por otro lado, bienvenidos los venezolanos y colombianos trabajadores, la mayoría de los migrantes de esos países son gente digna, pero el fujiaprismo parece lo hizo con el fin de utilizarlos en contra del pueblo peruano, permitiendo su nacionalización y luego que voten por ellos en las elecciones (un millón y medio de votantes representa la migración colombovenezolana), porque la mayoría del pueblo peruano ya erradicó al fujiaprismo de su preferencia.

Los apristas Jorge del Castillo y Luis González Posada reciben a supuestos migrantes, tal vez agentes del Tren de Aragua

Considerando lo anteriormente expuesto, el presidente Castillo debe retornar legalmente a la presidencia. Le quedan aún 8 meses de gobierno. Legalmente debe ser así, pero ni las fuerzas armadas y policiales, ni el poder económico, judicial y político, ni el Tren de Aragua, nunca harán cumplir la ley. Y Castillo nunca dirá la verdad de quienes son sus verdaderos cómplices que redactaron el panfleto que leyó ante cámaras, por pánico a los sicarios de la Operación Gladio y porque es una persona simple que tuvo la suerte de asumir la presidencia.

De alguna manera saldrá a flote la verdad de porqué la burguesía construye al “mártir” Castillo, que no supo unificar a las fuerzas del cambio, como sí lo hizo Velasco y lo saben hacer todos los que buscan auténticamente justicia social.

P. D. En este artículo no he tocado el factor determinante del golpe parlamentario contra Pedro Castillo, la orden del imperio estadounidense para deshacerse del presidente que permitió a China la construcción del puerto de Chancay.

Cuando se cierran las puertas de la justicia, se abren las de la revolución”. Práxedes Mariano Mateo-Sagasta y Escolar

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